VISAS FAMILIARES

VISAS FAMILIARES

Introducción a peticiones familiares y visas de inmigrantes.
En las oficinas legales de John F. Waldron, un abogado de inmigración en San Antonio, Texas:
  • Trabajamos arduamente para reunir a las familias que se separan por fronteras o obtener un estatus legal para que puedan permanecer juntas.
  • Exploramos todos los caminos posibles permitidos por la ley para llegar a una solución creativa, incluso para los casos más difíciles.

Reunimos a las familias por:
  • Presentación de peticiones y visados ​​de novios;
  • Presentar solicitudes y solicitudes de ajuste a la residencia permanente desde los EE. UU.
  • Presentación de peticiones y solicitudes mediante tramitación consular;
  • Presentar exenciones por dificultades para aquellos que han sobrepasado su visa;
  • Presentar exenciones por dificultades para aquellos que vinieron a los Estados Unidos sin documentos.

Las personas a menudo nos llaman porque no están seguros de a quién pueden solicitar. Si usted es ciudadano de los Estados Unidos, puede solicitar:
  • Tu esposo o esposa
  • Hijos solteros menores de 21 años;
  • Hijos o hijas casados;
  • Hermanos y hermanas (siempre y cuando tengas 21 años);
  • Madre o padre (siempre y cuando tengas 21 años);

Si usted es un residente permanente legal, solo puede solicitar:
  • Tu esposo o esposa
  • Hijos solteros menores de 21 años;
  • Hijos solteros o hijas mayores de 21 años.

Para los ciudadanos de los EE. UU.: Las peticiones presentadas para el cónyuge o hijos menores de edad estarán disponibles de inmediato. Sin embargo, las peticiones para los hijos e hijas casados, y para los hermanos y hermanas entrarán en una categoría de preferencia, que implica esperar hasta que haya un número de visa disponible.

Para la residencia permanente: todas las peticiones presentadas se incluirán en una categoría de preferencia y supondrán esperar hasta que esté disponible un número de visa.


¿Qué es el sistema de preferencias?
Hay dos grupos de peticiones de visas basadas en la familia:
  • Los archivados para familiares inmediatos;
  • Todos los demás caen en un sistema de Preferencia.

¿Quiénes son los familiares inmediatos?
  • Esposo o esposa de un ciudadano estadounidense;
  • Hijo soltero de un ciudadano estadounidense;
  • Padre de un hijo o hija de un ciudadano estadounidense que tiene 21 años de edad al momento de la presentación.
  • Todos los demás entran en una categoría de preferencia y deben esperar hasta que un número de visa esté disponible. Solo hay un cierto número de visas disponibles para cada categoría cada año, y por esta razón, hay una línea de espera.

¿Cuáles son las categorías de preferencia para los familiares de ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes legales?
  • Preferencia de F1: Hijos o hijas solteros de ciudadanos de los Estados Unidos entran en la categoría de preferencia de F1. Hay 23,400 Visas disponibles para la categoría de preferencia F1 cada año.
  • Preferencia F2: los esposos y esposas, los hijos menores de 21 años de edad y los hijos o hijas solteros mayores de 21 años de residentes legales permanentes se encuentran en la categoría de preferencia F2. Hay 114,200 disponibles cada año. De ellos, el 27 por ciento va a cónyuges e hijos menores.
  • Preferencia F3: los hijos e hijas casados ​​de ciudadanos estadounidenses, y sus cónyuges y sus hijos menores forman la categoría de preferencia F3. Hay 23,400 Visa disponibles para la categoría F3 cada año.
  • Preferencia F4: los hermanos y hermanas de los ciudadanos de los Estados Unidos y sus cónyuges y sus hijos menores forman la categoría de preferencia F4. El ciudadano estadounidense debe tener al menos 21 años de edad al momento de la presentación. Hay 65,000 números de visa disponibles cada año.

Una vez que se presenta la Petición, debe consultar el Boletín de Visas para ver cuándo estará disponible un número de visa para la categoría de miembro de su familia.

El sistema de preferencia de visa es complicado. Hay una serie de países que tienen sus propias listas de espera porque están "sobre-suscritas", lo que significa que hay tantas personas solicitando desde estos países, su lista de espera es más larga que la de otros países. Los países con su propia lista de espera incluyen México, China, India y Filipinas.

Opciones para patrocinar a un cónyuge si usted es ciudadano estadounidense:
Si usted es ciudadano estadounidense y tiene a alguien especial con el que ha estado "saliendo" a larga distancia a través de Skype y por teléfono, y ambos han decidido comprometerse a pasar el resto de sus vidas juntos, pueden traer a su ser querido. Una a los Estados Unidos en una de tres formas.

La primera es presentar una Petición de prometido y, una vez aprobada, solicitar una visa ante el consulado de los EE. UU. En el país de origen de su ser querido. Una vez que su prometido venga a los Estados Unidos, debe casarse dentro de los 90 días. Luego, puede presentar la Petición y la Solicitud de la visa permanente al mismo tiempo.

Si no está muy seguro acerca del compromiso o si a su prometido le gustará vivir en los Estados Unidos, su prometido puede venir a visitarlo para una visita. Si a su prometido le gusta esto y ustedes dos han decidido comprometerse, pueden casarse y presentar la Petición y la Solicitud de la visa permanente. Esta opción requiere precaución y es mejor consultar con un abogado.

La última manera de hacerlo es para usted, el ciudadano de los EE. UU., Ir al extranjero y casarse con su prometido en el país de origen de su prometido. Cuando regrese a los Estados Unidos, puede presentar la Petición de residencia permanente y, cuando se apruebe, traer a su cónyuge a través del procesamiento consular.

La elección que tome como ciudadano de los EE. UU. Depende en gran medida de su situación y es mejor hablar de esto con un abogado que sepa cómo aplicar los hechos en su situación para brindarle la mejor opción según la ley.


Opciones para solicitar un cónyuge si usted es un residente permanente legal:
Si usted es un residente permanente y desea patrocinar a su cónyuge para que su cónyuge pueda obtener una tarjeta verde, la situación es ligeramente diferente.

Si su esposo o esposa llegó legalmente a los Estados Unidos con una visa de turista o con una tarjeta de cruce de frontera, y han permanecido más tiempo del tiempo permitido por su sello de visa (también conocido como "duración de la estancia"), puede presentar una Solicite una tarjeta verde para ellos, pero no podrán realizar el ajuste presentando una solicitud de ajuste de estado dentro de los Estados Unidos. Deberán regresar a su país de origen y solicitar la tarjeta de residencia permanente (también conocida como tarjeta de residencia o visa de inmigrante) a través del procesamiento consular.

Si han sobrepasado su visa y permanecieron en los Estados Unidos más de un año, serán sometidos a un bar. La forma de moverse por el bar es presentar una solicitud de exención. Una exención para presencia ilegal es pedirle a las autoridades de inmigración un indulto, y requiere que se demuestre una dificultad extrema para usted, el residente legal. Es un estándar difícil de cumplir.

Si su cónyuge ingresó a los Estados Unidos sin documentos, también puede solicitarlos. Sin embargo, su cónyuge tendrá que pasar por un proceso consular después de obtener una exención por dificultades.

Si su cónyuge no ha sobrepasado su sueldo y regresa a su país de origen o aún se encuentra en el extranjero, usted, como residente permanente, puede presentar la Solicitud de su tarjeta verde y, una vez aprobada, la solicitud de la visa de inmigrante mediante un proceso consular.

Nuestros abogados de inmigración escucharán los hechos en su situación y harán una recomendación que parece ser la mejor para sus circunstancias.


Residencia condicional y supresión de condiciones:

Advertencia - Si ha estado casado menos de dos años:

Su cónyuge recibirá una tarjeta de residencia condicional y los dos deberán presentar otra Petición para eliminar la condición dentro de los dos años posteriores a la recepción de la tarjeta verde condicional.

Cómo prepararse para eliminar condiciones:
  • Preparamos aplicaciones muy sólidas y bien documentadas que muestran que el matrimonio se celebró de buena fe. Esto evita problemas posteriores.
  • Presentamos evidencia de la mezcla de finanzas y activos.
  • Usted querrá continuar agregando a la evidencia de las finanzas y los activos combinados a lo largo de su matrimonio hasta el momento de la presentación para eliminar la condición.
  • Las autoridades de inmigración ven al matrimonio como una "sociedad" en la que los cónyuges comparten ingresos y deudas. La evidencia de este tipo de participación incluye cuentas bancarias conjuntas y la presentación conjunta de impuestos.
  • Necesitará este tipo de evidencia cuando presente la solicitud para eliminar la condición.
  • La Petición para eliminar la condición generalmente es presentada conjuntamente por el esposo y la esposa.

¿Qué pasa si ustedes dos ya no se llevan bien?
  • Este requisito de eliminar las condiciones en un nuevo matrimonio pone mucho estrés en una relación. Crea un desequilibrio de poder. A menudo, los nuevos matrimonios resultan en separación o divorcio debido a la presión que impone el proceso de inmigración.
  • Si esto le sucede a usted, el inmigrante condicional, consulte con un abogado y no presente una solicitud para eliminar la condición sin que lo haga solo porque se complica y desea un abogado fuerte de su lado.
  • Deberá proceder conforme a la excepción del requisito de presentación conjunta.
  • La presentación bajo la excepción al requisito de presentación conjunta requerirá la presentación de evidencia de que su matrimonio se celebró de buena fe.
Es importante que presente la petición para eliminar la condición a tiempo, ya sea que esté casado o no.
  • Si no lo presenta a tiempo o si USCIS niega su petición, es posible que se lo lleve a un proceso de deportación y tendrá que enfrentar su caso ante un juez de inmigración. Sabemos cómo presentar sus hechos de la mejor manera positiva. También asistiremos a la entrevista de USCIS con usted si así lo solicita.

Presentación para niños:
Si usted es un ciudadano estadounidense o residente permanente legal, también podemos ayudarlo a solicitar a sus hijos.
  • Nota: Si usted es ciudadano de los Estados Unidos, puede solicitar a sus hijos e hijas de cualquier edad, incluso si están casados. Sin embargo, si tienen más de 21 años de edad, entrarán en una categoría de preferencia y la preferencia está determinada por si están casados ​​o no.
  • PERO si usted es un residente permanente legal, no existe una categoría de visa para hijos o hijas casados.

La ley de inmigración generalmente favorece a la madre. Si usted es un padre y quiere presentar una petición por su hijo, y eso nació fuera del matrimonio, debe presentar evidencia que muestre:

  • Que usted y la madre del niño se casaron antes de que su hijo cumpliera 18 años, o
  • Que el niño estaba legitimado (reconociéndolo como padre) según las leyes del país donde vive el niño antes de que cumpliera los 18 años, o Debe demostrar que existía una relación padre-hijo entre usted y el niño, que puede incluir evidencia que el niño vivió con usted y que usted lo apoyó financieramente, y que se interesó activamente en el bienestar del niño.

Si se enfrenta a alguna de estas situaciones, consulte con un abogado.


Presencia ilegal:
¿Qué sucede si su ser querido ha sobrepasado su visa o entró a los Estados Unidos sin documentos (también conocido como "entrada sin inspección" o EWI)?
  • Si usted es ciudadano estadounidense, puede solicitar a un miembro de su familia que haya venido legalmente y que haya sobrepasado la visa sin problemas;
  • PERO si su familiar vino con EWI, sin documentos, ya sea ciudadano estadounidense o residente permanente legal, deberá presentar una exención por la presencia ilegal de su ser querido.
  • La exención es básicamente un perdón por estar en los Estados Unidos sin permiso legal.
     Para prevalecer en la exención, su ser querido debe demostrar a las autoridades de inmigración que usted, el ciudadano de los EE. UU. O su cónyuge residente legal permanente sufrirá una dificultad EXTREMA sin su ser querido con usted.
  • La exención de dificultades extremas por presencia ilegal es difícil de cumplir.
  • A diferencia de la exención para la cancelación de la expulsión, que se presenta ante el juez de inmigración si uno está en proceso de expulsión, y en el que se puede mostrar una dificultad extrema para el cónyuge, los padres o los hijos, la exención por presencia ilegal solo permite mostrar dificultades para el cónyuge o los padres .
  • Los niños no cuentan cuando presentan una exención por presencia ilegal.
     Los tipos de dificultades incluyen:
  • Impacto en la salud de un familiar calificado;
  • Consideraciones financieras;
  • Pérdida de oportunidades educativas;
  • Lazos familiares con los Estados Unidos y duración de la estancia;
  • Factores especiales, como la dificultad para la reubicación o cualquier riesgo de daño debido a condiciones inestables del país.

Trabajamos arduamente para presentar exenciones por dificultades bien documentadas que incluyen evidencia de cómo sufrirá el miembro de la familia calificado si el ser querido no tiene permitido quedarse.


Procesamiento consular:
El procesamiento consular se utiliza cuando:
  • Un ciudadano de los EE. UU. Tiene un cónyuge que supervisa y que él o ella quiere traer a los Estados Unidos;
  • Un ciudadano de los EE. UU. O un residente permanente legal tiene un cónyuge que vino sin documentos y tiene una exención aprobada por presencia ilegal.
Las personas que ingresaron legalmente con una visa de turista pueden solicitar un ajuste de estatus en los Estados Unidos.
  • EXCEPCIÓN: si no es ciudadano de los EE. UU., Sino residente legal permanente, su cónyuge no puede solicitar un ajuste de estatus si él o ella se quedaron más allá de su visa. La demora está determinada por la duración del sello de estadía y no por la fecha de la visa en sí. Si no está seguro, consulte con un abogado.
  • Si se aplica la excepción, su cónyuge deberá solicitar una exención de presencia ilegal y proceder a través del procesamiento consular.

Con el procesamiento consular, la Petición se presenta primero ante el USCIS, que forma parte del Departamento de Seguridad Nacional, y cuando se aprueba, se presenta una solicitud de visa de inmigrante ante el Departamento de Estado de los EE. UU. A través del Centro Nacional de Visas.

Es importante contar con un abogado de inmigración que lo ayude si se presenta a través del procesamiento consular. El proceso es complicado y si la solicitud es denegada por el oficial consular, no hay apelación.

En la oficina legal de John F. Waldron, tenemos experiencia en la presentación de visas de inmigrante en muchos puestos consulares de los EE. UU. Prepararemos la solicitud de visa de inmigrante y, cuando llegue el momento de la cita para la entrevista, avisaremos a sus seres queridos qué esperar y cómo proceder.
Share by: